Regulación de la visita íntima como derecho fundamental del interno en el ordenamiento jurídico peruano
Fecha
2024Autor
Huillca Chunga, Roel Ronal
Vargas Ortega, Cristiam Rusel
Metadatos
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La presente investigación se enfoca en la necesidad apremiante de regular la visita íntima como un derecho fundamental del individuo privado de libertad en el marco jurídico peruano, ya que la regulación actual, acarrea limitaciones para el acceso de la misma; en consecuencia, la falta de acceso a la visita íntima, en algunos reos, puede tener consecuencias negativas en la salud física y mental. Además, se han identificado las razones originarias de la regulación de la visita íntima y los criterios para su otorgamiento; entre ellas, se tiene que, el estado conserva a ésta como un instrumento adicional de control sobre la conducta de los reclusos dentro del penal, por otro lado, existe un criterio discrecional para su otorgamiento que acarrea, en lagunas ocasiones, negaciones arbitrarias, muchas veces justificadas por argumentos que carecen de fundamentos legales sólidos, esto a razón de que es un beneficio. Por otro lado, se analiza el tratamiento jurisprudencial nacional y comparado de la visita íntima, además de la importancia para ser considerada como derecho fundamental. El Tribunal Constitucional peruano ha considerado a ésta como la manifestación de derechos fundamentales, conservando su categoría de beneficio penitenciario; en cambio, legislaciones como Chile, Argentina y Brasil prescriben dentro de su normativa como Derecho y en Colombia como Derecho Fundamental, ésta última a nivel de su Corte Constitucional. En cuanto a la importancia para su regulación como derecho fundamental, se debe tomar en cuenta que, la visita íntima es una necesidad natural y fisiológica de primer orden. Finalmente, la investigación
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