La afectación al derecho de libertad personal del imputado en los procesos inmediatos en casos de flagrancia tramitados en los juzgados de flagrancia y procesos inmediatos del distrito del Cusco en el periodo 2018
Resumen
El Trabajo de investigación tuvo como objetivo general determinar como el derecho de libertad personal del imputado es vulnerado en la tramitación de los procesos inmediatos en los juzgados de flagrancia y procesos inmediatos del Distrito del Cusco en el periodo 2018, planteando así como hipótesis que el derecho de libertad personal del imputado es efectivamente vulnerado en los juzgados de flagrancia y procesos inmediatos del Distrito Judicial del Cusco en el periodo 2018. La metodología adoptada fue el método positivista garantista, y también de técnica deductiva, ya que conlleva a resolver asuntos como los relativos al método científico, a los pasos del método científico, en general, a los temas concernientes a la metodología de la investigación. El tipo de investigación se fundamentó en probar la inconstitucionalidad que se da en lo referente a la libertad personal del imputado en los procesos inmediatos, el diseño de investigación fue cuantitativo en razón que se realizó un procesamiento de datos estadísticos medibles. V La población de estudio, estuvo conformada por los procesos inmediatos en caso de flagrancia tomando como referencia en los juzgados de flagrancia y procesos inmediatos del Distrito del Cusco en el periodo 2018 mientras las técnicas de investigación que se utilizaron fueron la revisión documentaria y la ficha de observación. Se procesó la información a través del paquete estadístico IBM SPSS Statistics versión 25. Después de haber realizado el análisis de la información recabada se concluyó que existe una vulneración al derecho de libertad personal del imputado en los procesos inmediatos en casos de flagrancia, cuando se requiere la incoación de proceso inmediato sin solicitar la medida de prisión preventiva conjuntamente. Dicha vulneración se evidencio cuando se solicitó la incoación del proceso inmediato y el juez la declaro improcedente y cuando los delitos eran delitos de bagatela, cuya sanción no era con pena privativa de la libertad con carácter efectiva.
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